Jorge Osmar Montes de Oca está acusado de abusar de su hija desde los 6 hasta los 12 años. Tuvo pedido de captura nacional e internacional durante 13 años, fue detenido por la Policía Federal pero recuperó la libertad en cuatro días por prescripción. La causa llegó a la Suprema Corte bonaerense, que deberá definir si puede ser juzgado.

Florencia Montes de Oca tenía 14 años cuando le contó a su madre que su padre biológico había abusado sexualmente de ella desde los seis hasta los doce años.
La denuncia fue radicada en febrero de 2009 en la DDI de La Plata. Esa misma noche, según relató la familia, el acusado se fue de la casa en su camioneta y no se volvió a saber de él.
El imputado, Jorge Osmar Montes de Oca, fue acusado por abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo. Sobre él pesó un pedido de captura nacional e internacional que se mantuvo activo durante trece años.
Trece años sin rastros, dieciséis días para encontrarlo
Ante la falta de avances en la causa, la víctima -ya adulta- buscó hace tres o cuatro años a nuevos abogados para impulsar la investigación como particular damnificada. Actualmente la representan los penalistas Jennifer Salaberry y Lautaro Slpizer.
Según la querella, una vez que se reactivó la búsqueda, el acusado fue localizado en apenas 15 o 16 días.
La pista clave llegó a través de un testigo que se contactó con la víctima por Facebook y le indicó que el hombre vivía en San Luis, donde se movía con documentación falsa y tenía comercios de calzado.
Para la acusación, ese contraste evidencia la falta de diligencia en la investigación, que durante esos años estuvo a cargo de la UFI N° 7 de La Plata, dirigida por la fiscal Virginia Bravo.
Tras ser detenido por la Policía Federal, Montes de Oca estuvo preso solo cuatro días y recuperó la libertad luego de que su defensa presentara un hábeas corpus con el argumento de que la causa estaba prescripta.
El recorrido judicial
El juzgado de primera instancia declaró extinguida la acción penal por prescripción. Esa decisión fue confirmada el 18 de diciembre de 2024 por la Sala I de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, aunque con un voto en minoría que proponía analizar el caso a la luz de los tratados internacionales de protección de la niñez.
La querella intentó llegar al Tribunal de Casación Penal, pero el recurso fue declarado inadmisible. El 25 de junio de 2026, la Sala III rechazó la queja. La defensa de la víctima insistió entonces con un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley.
El 6 de octubre pasado, la Sala III de Casación, con las firmas de los jueces Ricardo Borinsky y Daniel Carral, declaró parcialmente admisible ese recurso y ordenó enviar la causa a la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
Casación habilitó la revisión en un solo punto: determinar si los tribunales anteriores omitieron aplicar las normas internacionales con jerarquía constitucional que protegen a las niñas víctimas de violencia sexual, como la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Convención de Belém do Pará.
En cambio, rechazó por cuestiones formales el planteo sobre la aplicación de los artículos del Código Penal que regulan la prescripción.
La querella sostiene que la prescripción fue aplicada de manera estrictamente formal, sin perspectiva de niñez ni de género. Argumenta que los abusos ocurrieron en un contexto de violencia intrafamiliar, con una marcada asimetría de poder entre un padre y su hija, lo que explica que la víctima recién pudiera denunciar años después.
También plantea que la demora del Estado en dar con el acusado no puede terminar beneficiando la impunidad.
