Fue condenado en un juicio abreviado y deberá cumplir reglas de conducta, además de tener prohibido acercarse a las víctimas durante dos años.

Un hombre fue condenado a dos años de prisión en suspenso tras un juicio abreviado. Además, deberá cumplir reglas de conducta y tendrá prohibido acercarse a los hermanos durante dos años.
La Fiscalía de Rawson informó que Pedro Antonio Amigorena fue condenado por haber atacado con un cuchillo a una mujer y a su hermano durante un encuentro entre amigos ocurrido en el barrio Chacra 8 de esa ciudad.
El hecho tuvo lugar el 30 de noviembre de 2025, cerca de las 23:39, en una vivienda de ese sector. Según la acusación, en el lugar se encontraban la mujer, su hermano, Amigorena y otro hombre, quienes compartían bebidas alcohólicas cuando se inició una discusión entre el condenado y la mujer.
En ese contexto, Amigorena habría tomado de manera repentina un cuchillo tipo filetero y atacado a la mujer, provocándole heridas en el rostro y en el brazo izquierdo. La víctima intentó escapar, pero el agresor la persiguió y volvió a atacarla, causándole lesiones en el abdomen y el tórax.
Mientras tanto, el hermano de la víctima, identificado como Galaz, se encontraba durmiendo en otra habitación junto a su sobrino menor de edad. Al escuchar los gritos, salió para intentar defender a su hermana y también fue atacado, sufriendo heridas en el rostro y la espalda. Luego de la agresión, el hombre escapó en bicicleta y permaneció oculto hasta que finalmente fue detenido.
Condena en juicio abreviado
La fiscal general de Rawson, Janet Davies, calificó los hechos como lesiones graves en concurso real con lesiones leves, dos hechos, en los términos de los artículos 45, 55, 89 y 90 del Código Penal. La defensa y el imputado acordaron con la Fiscalía resolver el caso mediante un juicio abreviado.
La jueza penal de Rawson, Eve Ponce, admitió el acuerdo y condenó a Amigorena como autor penalmente responsable de los hechos. La pena establecida fue de dos años de prisión en suspenso, además de dos años de reglas de conducta.
Asimismo, la magistrada dispuso que durante ese mismo período el condenado tendrá prohibido acercarse a menos de 100 metros de los domicilios de ambas víctimas, así como de cualquier lugar de la vía pública en el que ellas se encuentren.